miércoles, 2 de julio de 2014

ENTRA EN VIGENCIA LA LEY CONTRA EL CRIMEN ORGANIZADO EN EL DISTRITO JUDICIAL DE ÁNCASH

Nueva norma se implementó desde las 00:00 horas de hoy y busca enfrentar eficazmente a las organizaciones criminales.


A partir de hoy entró en vigencia a nivel nacional la Ley N° 30077, Ley Contra el Crimen Organizado, para delitos cometidos por organizaciones criminales, definidas como un grupo de tres personas o más, cualquiera sea su estructura y cuyos miembros actúan concertadamente con el propósito de cometer uno o más delitos.

Los delitos que se juzgarán con la referida ley son: Homicidio, Secuestro, Tráfico Ilícito de Drogas, Violación del Secreto de las Comunicaciones, Trata de Personas, Estafa, Pornografía Infantil, Extorsión, Delitos Informáticos, Tenencia, Fabricación y Tráfico de Armas, Delitos Ambientales, Genocidio, Desaparición Forzada, Delitos Contra la Administración Pública, Lavado de Activos, Terrorismo, Delitos Tributarios, entre otros.

Al respecto, el doctor Bonifacio Meneses Gonzáles, presidente del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal (ETI–CPP) y miembro del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ), señaló que la puesta en vigencia de la Ley Contra el Crimen Organizado ayudará a hacerle frente a las bandas criminales.

Refirió que entre las innovaciones de la Ley N°30077 destaca que los líderes de las organizaciones criminales, sus financistas, funcionarios públicos, quienes utilizan a menores de edad o armas de guerra, pondrán recibir hasta 35 años de prisión y se prohíbe el otorgamiento de beneficios penitenciarios.


Asimismo, remarcó que se implementará un sistema informático que almacene toda la información correspondiente a los internos vinculados a una organización criminal, el mismo que contendrá un registro detallado de las visitas que éstos reciben.

La norma, además, introduce técnicas especiales de investigación, tales como la interceptación postal e intervención de comunicaciones, el agente encubierto, el seguimiento y la vigilancia, y establece la obligatoriedad de colaboración de todas las personas e instituciones públicas y privadas para perseguir e investigar a las organizaciones criminales.

El proceso de los casos que se inicien en el marco de la Ley Contra el Crimen Organizado, serán tramitados con el Código Procesal Penal (CPP), en este sentido, se ha dispuesto adelantar su vigencia en los Distritos Judiciales en los cuales no había sido implementado en su integridad, tales como Lima, Lima Norte, Lima Sur, Lima Este, Callao, Apurímac, Ayacucho, Huancavelica y Junín.


A las referidas jurisdicciones el Poder Judicial les ha dotado de nuevos órganos jurisdiccionales, recursos humanos, informáticos y logísticos.

Cabe recalcar que el ETI-CPP anticipándose a la implementación de la Ley 30077, ha efectuado capacitaciones sobre esta norma, a cargo de renombrados juristas que han logrado consolidar el conocimiento en los jueces y el personal jurisdiccional sobre los alcances de la nueva ley.

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